Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Dr. MARCOS DAMASO PEREZ, en su carácter de representante de los ciudadanos LUCAS MARTINEZ y MARIA BARRETO contra la decisión emanada en fecha 07 de junio de 2005, del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional DECRETÓ INADMISIBLE la demanda que por acción civil intentara en contra del ciudadano PAULO FERNANDEZ GONCALVES, en virtud de lo previsto en el ordinal 3 º del artículo 425 del Código Orgánico Procesal Penal.