DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: La FALTA DE JURISDICCIÓN para conocer la solicitud de calificación de despido interpuesta por la ciudadana OLGA BEATRIZ QUINTERO DE APONTE, titular de la cédula de identidad número 15.694.141, incoada en contra de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil PANADERIA HAPPY BREAD, C.A. SEGUNDO: Ordena la remisión inmediata del presente expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la Consulta a que se refiere el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena expedir copia certificada de esta Sentencia por Secreta.....