DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus RUFINO FERNANDEZ, quien en vida era venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.234.660, falleció Ab-intestato en fecha 17 de Septiembre de 2015, en su condición de cónyuge e hijos, a los ciudadanos: MATILDE MARLENE BRICEÑO, MILEIDE FERNÁNDEZ ARELLANO, EDDIE RUFINO FERNÁNDEZ ARELLANO y MILDRE JOSEFINA FERNÁNDEZ TORO, ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por secretaría. Cúmp.....