Se DECLARÓ TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LINA D´AMBROSIO DE CICCONE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 5.601.365, sobre unas bienhechurías constituidas por una (01) casa-quinta, identificada como PLANTA SOTANO 1, en la cual se encuentra una vivienda identificada como ANEXO 2, la cual tiene un área total de construcción de OCHENTA Y UN METROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMETROS CUADRADOS (81,83M2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, la cual declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS (673,24 m2), ubicado en el Sector Los Guayabitos, Caserío el Cují, No. 2-A, Municipio Los Salias Estado Bolivariano de Miranda, el cual les pertenece según consta de documento debidamente autenticado por la Oficina Subalterna de .....