DECISIÓN
Con fuerza a lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Santa Lucía, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 185-A del Código Civil. DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: EDGARDO ENRIQUE HURTADO PAEZ y YENNY EBISAID FIGUEROA VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros V-14.839.238 y V- 13.535.099, respectivamente, y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ante la Prefectura del Municipio Paz Castillo, del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el N° 16, de fecha veintiséis (26) de marz.....