Por los razonamiento anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Judicial N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Declara procedente la admisión de la prueba documental para ser incorporada por su lectura, consistente en copia certificada del libelo de demanda y auto de admisión, presentada por ante el Tribunal Primero del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos actores son los ciudadanos: María Idalina Dos Santos Pestana y Marcelino Da Silva Coelho en contra de los ciudadanos: María Mañaricua de Echabarrieta, Zulay Herrera y Benigno E. Peña, cursante al expediente signado con el N° 2003-7415; promovida por el defensor, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenado.....