En virtud de lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal, vistos los informes que cursan en las actuaciones, y tomando en cuenta lo distante que se encuentra del domicilio del penado, solicita a través de su persona, por cuanto ante usted concurre habitualmente, Constancia Original de Residencia de penado LORENZO MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.382.629, ya que actualmente reside en un lugar que dista más de 100 km de donde sucedieron los hechos, ya que los mismos se verificaron en Cupira, Estado Miranda, a los fines de cumplir con los requisitos necesarios, de ser el caso de que el penado decida optar por dicha formula alternativa al cumplimiento de la pena.