En este estado, se procedió a entrevistar al trabajador sobre su pretensión, quien manifestó que no tenía intención continuar con este proceso, por lo tanto manifestó su voluntad libre consciente y espontánea de desistir del procedimiento, mas no de la acción ejercida, por lo tanto solicito la homologación del procedimiento. En consecuencia, el Tribunal observa que el desistimiento manifestado por la parte accionante ciudadano: JONATTA RAFAEL ORTEGA PEÑA, se evidencia lo siguiente: (i) que consta por escrito; (ii) que no se atenta contra el principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores; y (iii) que fue manifestado en forma voluntaria, libre y espontánea con el ánimo de dar por finalizado este juicio, mas no renuncia a la acción ejercida, a través de este medio de auto composición procesal, en consecuencia, este Tribunal, POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA el desistimiento manifestado por la parte accionante y le OTORGA FUERZA DE COSA JUZGADA. SE DA POR TERMINADO el p.....