Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION PLANTEADA por la ciudadana JESSICA PEREIRA, secretaria de este Tribunal Primero de Control, fundamentada en el ordinal 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, Publíquese y Notifíquese.