De conformidad a lo establecido en el artículo 34 del Código Penal, en concordancia y 367 del Código orgánico Procesal Penal, se establece como pago de las costas procesales accesoria de toda sentencia condenatoria penal, la cantidad de Bolívares SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS (BS.65.800), calculada a razón de Bolívares DOSCIENTOS (200,00) por folio, teniendo la primera pieza DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO (245) FOLIOS y la Segunda Pieza Ochenta y Cuatro (84) folio, para un total de TRESCIENTOS VEINTINUEVE (329) folios.