REVOCA la decisión dictada en fecha 04 de julio del año 2003, por el Tribunal Primero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, Extensión Barlovento, que acordó la libertad plena de los ciudadanos: ROJAS RICARDO JUVENAL, ROJAS HENDER JOSÉ e IRIARTE ELBA LEONOR y ORDENA al mencionado Tribunal de Control, imponer inmediatamente a los imputados ut supra mencionados, las Medidas Cautelares Sustitutivas de las señaladas en el artículo 256 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, presentación periódica cada ocho días por ante el Tribunal de la causa y la fiscalía actuante y prohibición de salida de país sin autorización previa, todo ello, a los efectos de asegurar las resultas del proceso y la investigación de la verdad