Declara SIN LUGAR los fundamentos de las solicitudes interpuestas por las profesionales del derecho Maritza Materan Pérez, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano Gerardo Alberto Pérez Ugueto, y Yamili Gutiérrez Zambrano, quien ejercía el carácter de Defensora Privada del ciudadano Gonzalo Enrique Gabriel Simancas Planas; en consecuencia se Ratifica en los mismos términos la medida cautelar sustitutiva impuesta por este Tribunal en 16 de Febrero del 2004, a los referidos ciudadanos, relativa a la prestación de caución económica, mediante fianza de dos (02) personas, establecida en el artículo 256 numeral 8º; en relación con lo establecido en el artículo 257 del Código Orgánico Procesal Penal; quienes deberán cumplir los requisitos a que se refiere el artículo 258 ejusdem; para lo cual deberán acreditar capacidad económica equivalente en Bolívares a OCHENTE (80) unidades tributarias mensuales, a fin de atender a las obligaciones que contraen