"... este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el presente libelo de la demanda, interpuesto por la ciudadana, LORENA CALVO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.513.429, contra la SOCIEDAD MERCANTIL COCINAS EMPOTRADAS LA VERA CUCINA, C.A. y COCINAS EMPOTRADAS LVC, C.A ..."