...DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ILDEMARO JOSÉ MAITAN HERRERA y CONDEZA EMPERATRIZ CARAMO GARCÍA, , ambos de nacionalidad Venezolana, mayores de edad, casados entre si y titulares de las cédulas de identidad números V-6.317.978 y V-9.955.327, respectivamente; sobre unas bienhechurías asentadas sobre un lote de terreno propiedad municipal, ubicado en la Calle Los Andes, casa número 12-11, de la población de Cúpira Municipio Pedro Gual del Estado Miranda, tal y como se evidencia de autorización (oficio SM-14-2013 de fecha 12 de Abril de 2013), emanada de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda, la cual posee una superficie aproximada de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (469,96 mts2), y un área de construcción de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS (130,15 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifica.....