PRIMERO: Por cuanto se encuentran llenos los extremos exigido en el articulo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, referente a la consignación de la fianza personal solicitada en fecha 12-05-2012, en Audiencia de Presentación celebrada por este Juzgado, es por lo que se acuerda librar boleta de egreso dirigida al Centro de Coordinación Policial del Municipio Simón Bolívar con sede en San Francisco de Yare del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines de que el adolescente Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Protección del Niños, niñas y del Adolescente, sea egresado de ese Organismo.-
SEGUNDO: Se acuerda imponerle las medidas cautelares establecidas en el artículo 582 literales "c y f" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en: "c" Presentarse por ante este Juzgado cada ocho (8) días, por el lapso de tres (3) meses" y "f" Prohibición de acercase a la victima, por encontrarlo incurso por la presunta comisión .....