III
-DISPOSITIVO-
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 833, 854, 855, 857, 882 y numeral 1 del artículo 1141 del Código Civil, declara: 1) CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE DOCUMENTO (TESTAMENTO OLÓGRAFO) interpuesta por los ciudadanos ELENI STYLOU y CHRISTOS STYLOU, en contra de la ciudadana ANGELIKI NAKOU, todos suficientemente identificados y consecuentemente, es NULO el testamento ológrafo de fecha 26 de octubre de 2005, donde se instituye como legataria, a la ciudadana ANGELIKI NAKOU, de los siguientes bienes: "...a) La tienda en la Calle Karitsi en (la plaza) Atenas, 2) La tienda en la Calle Acharnon .....