Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana ANSELMA DEL ROSARIO GONZÁLEZ PARRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.055.467, asistida por el Abogado ALEXIS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 53.084, contra el auto dictado el 03 de abril de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: SE ANULA el auto dictado en fecha 03 de abril de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; en consecuencia, se ordena al Juzgado admitir la querella interdictal de amparo presentada por la ciudadana ANSELMA DEL ROSARIO GONZÁLEZ PARRA, mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2014.
Tercero: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.
Cuarto: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de .....