...En ese sentido, las normas anteriormente trascritas, establecen las reglas a seguir cuando los trabajadores son afectados por la falta de cumplimiento en las condiciones de trabajo, así también como al órgano competente que se debe acudir para tal reclamación, y siendo que no se desprende de auto haber efectuado el procedimiento conciliatorio ante el órgano administrativo, ni existe de auto calificación de falta alguna sobre dichas estipulaciones en relación a las desmejora salariales que reclama sobre los conceptos demandados, estando activa la parte reclamante lo cual goza de inamovilidad laboral conforme el Decreto, aunado al hecho que en su reclamación sobre las desmejora salariales deja expresamente entendido la pretensión en la subsanación, cuando expresa "No he sido despedida, el patrono me produjo una desmejora en mi contrato y dejo sin efecto la solicitud la reposición a mi puesto de trabajo".- En conclusión, se hace necesario puntualizar, que la demanda en comento ha de co.....