Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto el ciudadano ALVARO DANIEL CUEVAS ROSARIO, contra la Providencia Administrativa Nº 119-2014, de fecha 06 de junio de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en la que declaro con lugar y en consecuencia autorizo para proceder al despido del señalado recurrente interpuesta por Entidad de Trabajo "INTEVEP, S.A." empresa de este domicilio.-