Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA HOMOLOGACION DEL ACUERDO CONCILIATORIO, entre el imputado IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, y la víctima ciudadano MARTINEZ CORDOVA HUGO JOSE, en atención al interés superior del niño y el juicio educativo, previstos en el artículo 8 y artículo 543 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 19 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ACUERDA SUSPENDER LA CONTINUACIÓN DEL PROCESO, hasta tanto conste en autos el reconocimiento médico legal de la víctima, el cual deberá ser consignado por el Ministerio Público ante este Juzgado................