En razón de los hechos y el derecho antes explanados, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Extinguida La Acción Penal y, en consecuencia el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano MORENO QUINTANA WILMER ALFREDO, titular de la Cédula de Identidad No. 16.924.471; domiciliado en el Barrio Palo Alto, Sector RETAMAL, Calle Principal, Casa S/N, Cerca de la Capilla; Profesión u Oficio: Obrero en Construcción; nombre de sus Padres: LILIAN ROSA QUINTANA (V), LUIS ENRIQUE MORENO (V), por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano BARRIOS REMIGDIO IRADIO, Mayor de edad, portador de la Cédula de identidad No. 4.055.265, residenciado en Guaremal, Callejón Los Nieves, Casa S/N cerca de la Bodega Los Jabillos, los Teques Estado Miranda. Te.....