ACUERDA: PRIMERO: Declarar con lugar lo solicitado por la Vindicta Pública, en el sentido que el adolescente ------------------------ medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad y en efecto le impone las prevista en el artículo 582 literales “c, d y f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente la primera en obligación de cumplir presentaciones cada ocho (08) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito, a partir del día de mañana jueves 19 de agosto de 2.004, prohibición de salir fuera de la jurisdicción del tribunal sin la autorización expresa del mismo y prohibición de sostener cualquier tipo de trato y comunicación en forma directa o a través de otras personas con el ciudadano Luis Frenando Abreu, todas las medidas hasta tanto culmine la investigación judicialmente. SEGUNDO: Se declara con lugar lo solicitado por la Defensa en beneficio de su defendido. TERCERO: Remítase en su correspondiente oportunida.....