Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12, 243 y 254 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por NULIDAD RELATIVA DE VENTA, incoara por la Sociedad Mercantil INVERSIONES DIWAOS C.A. inscrita en el Registro Mercantil III de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda en fecha 20 de diciembre del 2011, bajo el Nº 19, Tomo 123-A, respectivamente representada por los abogados GINO GAVIOLA ALEGRIA y ALEXANDER RAFAEL GUERRA ALVARENGA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 70.727 y 264.750 contra el ciudadano GEORGES RABBAT DJHAMI, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.123.077. SEGUNDO: Se condena en costa .....