DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Único: Declara inadmisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2024-000295, interpuesto por el Abogado José Marcelino Sánchez Vargas, actuando en representación del ciudadano Henry Ricardo Gómez Guerrero –demandado-, contra la decisión publicada en fecha veintinueve (29) de noviembre del año 2024, por el Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, ordena la reparación, indemnización de daños y perjuicios de manera parcial en relación al lucro emergente, lucro cesante y el daño moral, todo ello, en estricto apego con lo establecido en el artículo 428 literales "a" y "c" del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada, sellad.....