PRIMERO: Oída la exposición del Ministerio Público en la cual solicitó se prosiga por el procedimiento ordinario y la libertad plena todo de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y vista la solicitud realizada por la defensa en cuanto se adhiere a la solicita por el Representante Fiscal y se ordene la averiguación en cuanto a la detención ilegitima de su representado, este Tribunal a los fines de decidir observa que no se encuentran llenos los extremos establecidos en el artículo 44 numeral 1° Penal la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , así como tampoco lo establecido en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal, en concordancia con lo establecido en el articulo 7 numeral 1 de la Convención Americana de los Derechos del Hombre, Pacto de San José de Costa Rica; a tal efecto se acuerda la nulidad absoluta de la detención del Ciudadano VERGARA ALVARADO ARTURO; titular de la cédula de identidad: V-04.055.068, en c.....