Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Segunda Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de oficio, DECLARA:
PRIMERO: NIEGA la aplicación de la Medida Sustitutiva de Libertad solicitada por la Defensa Pùblica del acusado de autos solicitada por la Defensa Pùblica, con fundamento en el contenido del artìculo 264 del Còdigo Orgànico Procesal Penal que decretara el Tribunal Segundo de Control de esta misma Circunscripción Judicial en fecha 07-12-2.007, en contra del acusado de autos JOSE ANGEL GARCIA PALMA identificado en autos con la cèdula de identidad nùmero 18.276.398, todo conforme a lo estipulado por reiteradas decisiones dictadas por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en las sentencias antes citadas. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: A.....