CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la SANCION SOCIOEDUCATIVA DE DOS (2) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA; todo ello por la comisión del delito TENTATIVA ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 458 en relación con los artículos 80 y 83 y en el artículo 277, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CESAR ANTONIO MONTOYA MARTINEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 622, 620 literal "d", y 626, ejusdem.