En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos: ANA LAURA DA SILVA SOARES y ANDRES MARIA RODRIGUEZ BOGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titular de las Cédulas de Identidad Nros, V.-21.106.099 y V.-20.208.162, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO