DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la oposición a la medida de embargo preventiva decretada en fecha 02 de junio de 2011 y ejecutada en fecha 20 de junio de 2011, sobre un vehiculo identificado de la siguiente manera: Camión tipo chuto, marca: Mack, placas: 49BDAY, año: 1980, color: gris, dos ejes, capacidad 16.000 Kg., serial de carrocería RM6865X1048, ejercida por la empresa CABILLAS Y TRANSPORTE DE PRODUCTOS SIDERURGICOS CABITRANS, C.A. SEGUNDO: Se levanta la medida preventiva de embargo preventiva decretada en fecha 02 de junio de 2011 y ejecutada en fecha 20 de junio de 2011, sobre un vehiculo identificado de la siguiente manera: Camión tipo chuto, marca: Mack, placas: 49BDAY, a.....