declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana HILDA MERCEDES PÉREZ TORRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad Nro. V-22.784.406, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones situada en La Carretera Panamericana, Sector Los Alpes, Bertorelli, Camatagua, Casa Nº 36, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, se ordena la devolución de la misma constante de trece (13) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.