Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por el Dr. CIPRIANO CHIVICO, defensor público penal, actuando en su carácter de defensor del adolescente: ANGELO DE JESÚS MENDEZ MORENO, y en tal sentido se procede a sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por otra menos gravosa, de las establecidas en el artículo 582 Literales b) y c); de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.