DECLARA: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD realizada por la representante de la defensa pública, en cuanto a la sustitución de la medida impuesta a la adolescente C.G.Y.L, (Identidad Protegida de conformidad con el articulo 65 de la Lopnna), por una medida cautelar menos gravosa. Notifíquese a las partes de la presente decisión.-