NIEGA el otorgamiento de la fórmula de cumplimiento de la Pena de Destino a Establecimiento Abierto (Régimen Abierto) al penado DIOMAR JOSE ASCANIO TORRES, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.118.939. Todo conforme con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 479 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.