DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia conforme lo establece el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal por considerar que están llenos los extremos de ley para tal efecto.
SEGUNDO: Se acuerda proseguir la investigación por la vía del procedimiento Abreviado de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia remítase la causa al Tribunal Unipersonal de Juicio.
TERCERO: Se mantienen la calificación del Ministerio Público para la tramitación de la causa por los tipos penales de: ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, tipificados en el último aparte del artículo 357 del Código Penal y artículo 264 de la .....