DECISIÓN
En base a todas las consideraciones y razonamientos de hecho y de derecho, este tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INJUSTIFICADO EL DESPIDO Y POR ENDE CON LUGAR LA DEMANDA DE SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO CON PRETENSIÓN DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por la ciudadana GUEVARA MARTINEZ YOSELYN ALEXANDRA, titular de la cédula de identidad número V- 19.960.43 en contra de la Sociedad Mercantil GRUPO MEDICO TUY, C.A. (GRUMETUY C.A.) EN CONSECUENCIA: Primero: SE ORDENA a la demandada reincorporar a la trabajadora la ciudadana GUEVARA MARTINEZ YOSELYN ALEXANDRA, titular de la cédula de identidad número V- 19.960.43, a sus labores habituales de trabajo, con los mismos derechos, deberes y obligaciones inherentes al cargo que ocupab.....