DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 527, 545 del código civil 937 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. PRIMERO: DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos: NINOSKA COROMOTO CEBALLOS GRANIRES Y HECTOR LUIS YSTURIZ, Nros° V-15.804.308 y V-21.574.664, sobre la bienhechuría construida sobre Terreno Municipal teniendo una Área de Construcción de aproximadamente 81,07mts2, superficie de terreno Municipal 81,07mts2. según constancia de linderos N°CL-044-07-2022, emitida por la Dirección de Catastro Municipal de la alcaldía del Municipio Acevedo, ubicado en la siguiente dirección Carretera Principal, Parcelamiento .....