Vista la solicitud interpuesta por la profesional del derecho Dra. SANDRA PAPA, quien se desempeña como defensora pública del joven imputado IDENTIDAD OMITIDA donde en definitiva solicita de este despacho la revisión y sustitución de la medida cautelar que pesa sobre su representado, esto es la medida contenida en el literal G del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente por otra medida cautelar que comporte la libertad de su defendidos este Juzgado observa: