En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: EXTINGUIDA LA PRESENTE DEMANDA DE DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), iniciada por la ciudadana ALLISON KATHERINE RIVAS CABALLERO, en su carácter de apoderada judicial de los ANTONIO PRIMAVERA ADDIMMANDA y MICHELINA FREDA DE PRIMAVERA, contra la sociedad mercantil BODEGON DE TINAJERO, C.A., representada por los ciudadanos JOSE MIGUEL PRIMAVERA FREDA y YUCELIS BETSIBET RODRIGUEZ RONDÓN, todos suficientemente identificados en el presente fallo.
SEGUNDO: como consecuencia del particular anterior y conforme fue debidamente motivada en la presente decisión, la parte actora podrá volver a proponer la demanda al transcurrir los noventa (90) días continuos despué.....