ACUERDA:
PRIMERO: CONDENA: al ciudadano REYES GARCIA ALEX MIGUEL, de Nacionalidad venezolana, nacido en Caracas, Distrito Capital, en fecha 29 de agosto de 1984, de 19 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Estudiante, hijo de REYES FAJARDO ALEJANDRO (V) y BLANCA INES GARCIA (V) residenciado en Calle la Estrella, subida el Panadero, casa Nro. 40, Los Teques, Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identidad Nro V-16.370.743, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DOCE (12) DIAS DE PRESIDIO, en el Establecimiento Penal que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, quedando sujeto a las siguientes PENAS ACCESORIAS: 1.- La Interdicción civil por el tiempo de la pena. 2.- La Inhabilitación política mientras dure la pena. 3.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, por ser autor responsable en la co.....