Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO al ciudadano, DAVID GONZALEZ DANNY, Y JOSÉ ALBERTO MADRIZ por la presunta comisión de los delitos de COAUTORIA EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO EN EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 408 ordinal 1° en relación con el artículo 460 y 83 ambos del Código Penal. Acuerda la Revisión de la Medida Cautelar al ciudadano DAVID GONZALEZ DANNY el cual deberá presentar por ante este Tribunal dos (2) fiadores que devenguen entre ambos 30 unidades tributarias, con las formalidades que exigen este Juzgado. Manteniéndose en consecuencia la Medida Cautelar Sustitutiva de Liber.....