Declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el ABG. SIN SUN LEÓN RAMIREZ Defensor del ciudadano JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N° V.-7.945.420, y en consecuencia SE DECRETA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO AL ACUSADO JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N° V.-7.945.420 de conformidad con lo previsto en los Artículos 26, 49.3 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para el día 29 de junio de 2009 a las 11:00 AM.