....decreta los mismos TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MARÍA MILAGROS CASTILLO DE MOLALLA, ALEXIS DANIEL MOLALLA CASTILLO, LILIANA MARYOLIS MOLALLA CASTILLO y ANGELICA THAIWUAAIRY MOLALLA DE COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.451.834, V-15.119.432, V- 17.978.514 y V-14.215.493, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano ATILIO SEGUNDO MOLALLA, quien falleció en fecha 07 de diciembre de 2011, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.