DECLARA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena la continuación de la presente causa según lo previsto en el artículo 868 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en esta incidencia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.