POR TODOS LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, CON SEDE EN LA CIUDAD DE OCUMARE DEL TUY; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta el siguiente Pronunciamiento: DECLARA CUMPLIDA LA PENA PRINCIPAL Y ACCESORIAS IMPUESTAS AL PENADO: RAIMON SARMIENTO BLANCO, Titular de la Cédula de identidad N° V-INDOCUMENTADO , ha cumplido en su totalidad la pena impuesta, así como las Penas Accesorias de ley; Siendo que para la presente fecha el penado ya cumplió con la respectivas penas principal y accesorias en virtud del transcurso del tiempo inexorablemente, es por lo que considera este tribunal que lo procedente y ajustado a derecho en este caso en concreto es declarar cumplida la pena principal y accesorias impuestas al penado en la Sentencia dictada por el por el Juzgado Segundo .....