Se declara INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el profesional del derecho HENRY JOAQUÍN REVERÓN ARVELO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 216.575, a favor del encausado NORVI JESÚS ESCALONA ROMERO, con fundamento en el segundo aparte del artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.