En este estado el Tribunal de los Municipios Independencia y Simón Bolívar administrador justicia, procede a fijar lo acordado por ambas partes: PRIMERO: El padre ciudadano: RUBEN DAVID ECHENIQUE SOTO, de nacionalidad venezolana mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-19.671.551, se compromete a cancelar la cantidad de veinte dólares americanos (20 $), mensuales con valor a la taza fijada por el Banco Central de Venezuela, a la ciudadana: MARIELBA DIAZ VIENA, de nacionalidad venezolana mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-19.373.783, progenitora de la adolescente y de la niña R.V.E.D. y R.D.E.D. de 15 y 7 años de edad años de edad (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección de Niño, Niñas y Adolescente. SEGUNDO: En cuanto a los gastos extras tales como medicinas, vestimenta, calzado, alimentación, etc., serán cubiertos por ambos padres en PARTES IGUALES, al momento e.....