éste Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando conforme a las atribuciones conferidas mediante la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial N° 39.152, y en virtud a lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurarle a los ciudadanos ELBA LUISA SEIJAS SEIJAS Y NAYIVI ISQUIEL DE PEREZ, así como los ciudadanos JOSE ATILANO SEIJAS SEIJAS, ZULAY DEL CARMEN SEIJAS SEIJAS, GONZALO JOSE SEIJAS SEIJAS, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.417.100, V-12.085.438, V-6.413.339., V-6.993.143, y V-10.079.673 debidamente asistido en este acto por la Abg. MIREYA JOSEFINA PEÑA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° .....