Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada en fecha 04 de junio de 2025, por la abogada JULIETH AMANDA ARCIA ALVARADO, jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en el juicio que por INTERDICTO DE DESPOJO fuera incoada por el ciudadano FRANK RAMÓN MÁRQUEZ, contra los ciudadanos ADRIANO MAZZARELLA SITIGNANO y TIRSA MARIA PEREIRA DE MAZZARELLA, tramitado en el expediente signado con el No. 3774-24 (de la nomenclatura interna del referido juzgado).