DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SEGUIDA AL CIUDADANO WILFREDO CARDENAS MATUTE, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.543.747, y LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR CUMPLIMIENTO DEL LAPSO Y OBLIGACIONES IMPUESTAS, de conformidad con los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber culminado EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, que se le había acordado por un lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el Artículo 454 del Código Penal, vigente para el momento en el que ocurrieron los hechos................