DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL en la presente causa, signada con el Nro. 2U-1182-09, seguida en contra del ciudadano HENDRI ANTONIO GUARAMATO BENCOMO, por la presunta comisión de los delitos de: HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numerales 1 y 2 del código Penal, por haber actuado con alevosía y ventaja y de manera innoble, así como el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 ejusdem, en perjuicio del ciudadano NESTOR JESUS MONTEROLA ESPINOZA. En consecuencia se repone la causa al estado del inicio del Juicio Oral y se fija su apertura para el jueves 02 de agosto de 2012, a las nueve de la mañana.